¿Qué pasa si una inmobiliaria incumple la fecha de entrega?

 

Antes de proceder a las opciones que se indican más adelante, lo primero que debemos hacer es revisar la promesa de compraventa o la reserva de la propiedad. En estos documentos debe establecerse una fecha para la entrega. Si no se establece, habrá que fijarse cuando se otorgó el permiso de edificación.

Si dicho permiso fue otorgado con anterioridad a marzo de 2020, operará la fuerza mayor, toda vez que por la pandemia las constructoras y las inmobiliarias están justificadas en su atraso por el plazo máximo de un año. Pero si el permiso fue posterior a marzo de 2020, las empresas constructoras y las inmobiliarias ya conocían la situación, por lo tanto, podían prever la contingencia y tomarse más tiempo para la construcción, por lo que podían ofrecer un plazo mayor para la entrega.

Habiendo dicho esto y la Inmobiliaria se demora en la entrega, usted puede hacer lo siguiente:

  • Puede negociar extrajudicialmente la entrega de su propiedad en un plazo determinado, imponiendo multas en caso de nuevo atraso.

Este acuerdo debe ser realizado por instrumento público en una notaría. Este documento le servirá de título ejecutivo para exigir, eventualmente, el cumplimiento del acuerdo en tribunales.

  • Demandar el cumplimiento forzado del contrato o la resolución del mismo en tribunales, basando su petición en el artículo 1489 del Código Civil en relación a la normativa de la Ley del Consumidor. Hay que tomar en consideración que la jurisprudencia ha sido clara que hubo atraso por un año debido a la pandemia, considerándolo como fuerza mayor, no imputando a la empresa dicho atraso por su negligencia. Pero, si el atraso es de más de un año, entonces, en el excedente del tiempo habría incumplimiento de la Inmobiliaria.

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